Guía completa del plan renove de calderas

julio 21, 2026
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Guía completa del plan renove de calderas
Guía completa del plan renove de calderas

Si estás buscando información clara sobre el plan renove de calderas para 2025, las ayudas disponibles y qué se puede y qué no se puede subvencionar, aquí vas a encontrar todo bien explicado y sin letra pequeña. La normativa europea ha cambiado mucho el panorama y es fácil hacerse un lío con los requisitos, los plazos y las tecnologías que realmente tienen apoyo económico.

A continuación verás, con detalle, qué tipo de calderas y sistemas de climatización reciben ayudas, cómo funciona la normativa europea desde 2025, qué exige cada comunidad autónoma (Madrid, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia y Aragón), qué obligaciones tienes como beneficiario y cómo afectan estas subvenciones a tu declaración de la renta. Todo con un lenguaje cercano, pero sin perder el rigor técnico.

Qué es realmente el Plan Renove de calderas

Cuando se habla de «plan renove de calderas», en realidad nos referimos a programas de ayudas públicas autonómicas que se convocan cada cierto tiempo, con un presupuesto limitado, y que sirven para sustituir equipos de calefacción y agua caliente por otros más eficientes. Tradicionalmente estaban centrados en calderas de gas natural, pero eso ha cambiado radicalmente con la nueva normativa europea.

El objetivo de estos programas es mejorar la eficiencia energética de los edificios, reducir el consumo de energía final, bajar la factura y disminuir las emisiones contaminantes. Por eso, junto a las calderas, se incluyen cada vez más bombas de calor, aerotermia, biomasa y otras soluciones bajas en carbono, así como actuaciones de rehabilitación como aislamiento, cambio de ventanas o sistemas de control.

En muchos casos, las convocatorias recomiendan o casi exigen que la caldera antigua tenga al menos 10 años. Esto se debe a cuestiones de seguridad, de rendimiento y de consumo energético: los equipos modernos, bien instalados y regulados, consumen menos y son más seguros que las calderas muy antiguas, que suelen dar fallos y ser menos eficientes.

Cambios clave desde 2025: adiós a las ayudas a calderas solo de gas

Desde el 1 de enero de 2025, el marco legal da un giro importante: ya no se pueden subvencionar calderas que funcionen exclusivamente con combustibles fósiles como gas natural, gasóleo o carbón. Esta limitación viene marcada por la nueva normativa europea relacionada con la eficiencia energética de productos (ErP) y por la Directiva de Eficiencia Energética de Edificios (EPBD).

Esto implica que no se conceden ayudas para cambiar una caldera de gas por otra caldera de gas, aunque sea de condensación y más eficiente que la anterior. Los fondos públicos se orientan ahora a tecnologías renovables o de muy baja emisión directa, priorizando aquellas que permiten un salto notable en la eficiencia energética del edificio.

La normativa europea, además, establece un calendario progresivo de restricciones para las calderas de combustibles fósiles que afecta tanto a viviendas nuevas como a edificios existentes, con hitos importantes en 2026, 2028 y 2040.

Calendario europeo: qué pasa en 2026, 2028 y 2040

La Directiva Europea de Eficiencia Energética de Edificios (EPBD) traza una hoja de ruta para ir retirando las calderas de gas y otros combustibles fósiles del parque de viviendas y edificios públicos. No se trata de un cambio inmediato, sino de una transición en varias fases.

  • Desde julio de 2026: no se podrán instalar calderas de gas en viviendas de nueva construcción en toda la Unión Europea. Estas nuevas viviendas tendrán que ajustarse a estándares de cero emisiones, lo que en la práctica implica apostar por bombas de calor, aerotermia y otros sistemas renovables.
  • A partir de 2028: los edificios públicos deberán ser climáticamente neutros, lo que significa eliminar calderas de gas, carbón y diésel en este tipo de inmuebles. La Administración tiene que dar ejemplo adelantando la transición respecto al sector residencial privado.
  • Horizonte 2040: se plantea la retirada prácticamente total de calderas de combustibles fósiles en todos los edificios de la UE. El objetivo es que la climatización deje de depender de gas natural, gasóleo u otros combustibles fósiles y se base en tecnologías renovables o muy bajas en carbono.

Es importante remarcar que no se obliga a cambiar de golpe todas las calderas existentes en viviendas ya construidas, pero sí se empuja claramente a la sustitución progresiva hacia sistemas más eficientes. Además, si un equipo puede funcionar con biometano, biopropano, hidrógeno verde u otros combustibles renovables, su uso podría seguir siendo admisible más allá de 2040, siempre que cumpla la normativa técnica aplicable.

Tecnologías que sí reciben ayudas en 2025

Ante la exclusión de las calderas de gas puramente fósiles, las convocatorias autonómicas de 2025 se centran en sistemas renovables o de alta eficiencia. Aunque puede haber diferencias según la comunidad, la tendencia es bastante clara.

Las tipologías de equipos y actuaciones que suelen ser subvencionables incluyen, entre otras:

  • Bombas de calor y aerotermia: sistemas que extraen energía del aire exterior para calefacción y/o agua caliente sanitaria (ACS). Son muy eficientes y no generan emisiones directas en la vivienda.
  • Sistemas híbridos (cuando la convocatoria lo admite): combinaciones de bomba de calor con caldera, o de caldera con energía solar térmica. Se exige que cumplan determinados niveles de eficiencia y que la parte renovable tenga un peso significativo.
  • Calderas de biomasa o pellets: utilizan combustibles biodegradables (pellets, astillas, leña certificada, etc.) y, si cumplen requisitos ambientales, se consideran una opción de bajas emisiones respecto a los combustibles fósiles tradicionales.
  • Solar térmica para ACS: captadores solares que apoyan o cubren la demanda de agua caliente, en ocasiones combinados con otros sistemas de generación.
  • Calderas eléctricas de alta eficiencia: en algunos programas, y bajo justificación técnica y energética, se subvencionan calderas eléctricas con buen rendimiento, sobre todo cuando se alimentan con electricidad renovable.
  • Actuaciones de rehabilitación energética: mejoras de aislamiento, cambio de ventanas, sistemas de regulación y control, u otras medidas que reduzcan el consumo energético del edificio y complementen la instalación de nuevos equipos de climatización.

En términos de dinero, la cuantía de las ayudas suele oscilar entre unos 300 € y unos 3.000 €, dependiendo del tipo de sistema, de la comunidad autónoma, de si se trata de una vivienda individual o de un edificio completo y del perfil del solicitante. En algunas convocatorias se llegan a subvencionar entre el 40 % y el 60 % del coste total de la inversión.

Requisitos técnicos básicos para acceder a las ayudas

Más allá del tipo de equipo, las administraciones exigen una serie de condiciones técnicas y administrativas mínimas para asegurarse de que la inversión se hace bien y de que de verdad se logra una mejora energética.

Entre los requisitos técnicos más habituales se encuentran:

  • La vivienda debe estar situada en la comunidad autónoma que convoca la ayuda; no se pueden solicitar subvenciones de otra región.
  • La instalación debe realizarla una empresa habilitada y adherida al programa o plan renove correspondiente, inscrita en el registro que señale la comunidad.
  • Es obligatorio disponer de un certificado de eficiencia energética antes y después de la actuación, emitido por un técnico competente y registrado en el organismo autonómico correspondiente.
  • La caldera o equipo a sustituir debe ser legal (instalación registrada) y, normalmente, tener una antigüedad mínima, a menudo superior a 10 años.
  • En el caso de bombas de calor, biomasa o solar térmica, se deben respetar potencias, rendimientos y requisitos ambientales mínimos establecidos en las bases de la convocatoria.

Además de todo esto, se exige una factura completa con desglose de IVA, un boletín o certificado de la instalación firmada por el instalador autorizado, el registro de la instalación y justificantes de pago bancario, ya que no se suelen admitir pagos en efectivo para poder controlar el destino de los fondos públicos.

Obligaciones de las personas beneficiarias de las subvenciones

Recibir una ayuda implica asumir una serie de obligaciones legales y administrativas. Muchas de ellas están recogidas en la normativa general de subvenciones (por ejemplo, la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia) pero se repiten de forma muy similar en el resto de comunidades.

De forma resumida, las obligaciones más relevantes que suele asumir el beneficiario son las siguientes:

  • Realizar la actuación subvencionada en los términos que fundamentan la concesión de la ayuda; es decir, ejecutar realmente la sustitución o mejora energética que se ha declarado en la solicitud.
  • Entregar a la entidad colaboradora (normalmente la empresa instaladora adherida o un organismo intermedio) toda la documentación necesaria para tramitar la ayuda y acreditar que se cumplen los requisitos.
  • Acreditar que se está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no mantener deudas con la administración autonómica, salvo que la persona autorice al órgano concedente a consultar estos datos de forma telemática.
  • Pagar las facturas emitidas por la entidad colaboradora antes del plazo de justificación, asumiendo la inversión total menos la ayuda otorgada, y justificando el pago con recibo o justificante bancario.
  • Si el gasto supera ciertos importes, solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores antes de contratar la obra, suministro o servicio, salvo que no haya suficiente oferta en el mercado o que el gasto sea previo a la solicitud. La elección debe hacerse por criterios de eficiencia y economía y documentarse en una memoria.
  • Ejecutar las actuaciones que han motivado la concesión de la ayuda y aportar toda la documentación que se le requiera en las fases de comprobación o pago.
  • Justificar en plazo la ejecución de la actuación y el cumplimiento de las condiciones de la subvención, aportando facturas, justificantes de pago, certificados y cualquier otro documento necesario.
  • Someterse a las actuaciones de control y comprobación que puedan realizar el órgano concedente u otros órganos de control autonómicos, estatales o comunitarios, facilitando la información que se les solicite.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones o ayudas que financien la misma actuación, así como cualquier cambio en las circunstancias que motivaron la concesión; esta comunicación debe hacerse tan pronto se conozca y siempre antes de la justificación final.
  • Conservar la documentación justificativa (incluida la electrónica) durante el periodo en el que pueda ser objeto de revisión o control.
  • Reintegrar los fondos percibidos si se dan los supuestos de reintegro establecidos en la normativa de subvenciones, por ejemplo, incumplimiento de las condiciones o falsedad en los datos.

Conviene tener muy claro que la ayuda no es un regalo incondicional: si no se cumplen los requisitos o no se justifica adecuadamente, la administración puede exigir la devolución del importe más los intereses correspondientes.

Documentación habitual y procedimiento de solicitud

Aunque cada comunidad organiza sus convocatorias a su manera, el procedimiento suele ser telemático y con un modelo de documentación bastante similar entre regiones.

En general se pide:

  • Factura completa del equipo y de la instalación, con desglose de conceptos e IVA, y descripción técnica suficiente del sistema instalado.
  • Boletín o certificado de instalación emitido por un instalador autorizado, donde consten las características de la instalación y su cumplimiento normativo.
  • Certificado de eficiencia energética de la vivienda o edificio antes y después de la actuación, debidamente registrado.
  • Declaración responsable del solicitante indicando que los datos aportados son veraces y que se cumplen los requisitos de la convocatoria.
  • Justificantes de pago bancario, tanto de las facturas principales como de posibles conceptos asociados; no suelen admitirse pagos en efectivo.

La solicitud se suele presentar por internet a través de la sede electrónica u organismo autonómico competente (agencias de energía, consejerías de industria o de transición ecológica, etc.), dentro del plazo que marque la convocatoria o hasta agotar fondos. Es esencial respetar las fechas, porque las instalaciones realizadas fuera del periodo subvencionable normalmente no tienen derecho a ayuda aunque cumplan las condiciones técnicas.

Convocatorias destacadas en 2025 por comunidades autónomas

Las ayudas para el cambio de calderas y sistemas de climatización son competencia autonómica, por lo que las condiciones, importes y fechas cambian de una comunidad a otra. A continuación se detallan algunas de las convocatorias más representativas para 2025.

Plan Cambia 360 en la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid existe el programa Cambia 360, que incluye una línea específica de ayudas para la renovación de sistemas de calefacción. Dentro de este plan se contemplan subvenciones de hasta 500 €, orientadas principalmente a calderas de biomasa y determinados sistemas híbridos.

La convocatoria permanece abierta hasta el 30 de noviembre de 2025, o hasta que se agote el presupuesto disponible. Se exige que la empresa instaladora esté adherida al plan autonómico y que la vivienda disponga de certificado de eficiencia energética que refleje la mejora tras la intervención.

Ayudas en Castilla y León para sustituir calderas antiguas

En Castilla y León se han articulado ayudas dirigidas a la sustitución de calderas con más de 10 años de antigüedad por sistemas renovables o de muy alta eficiencia. Estas subvenciones pueden alcanzar hasta 600 € por vivienda, según el tipo de equipo elegido y la situación de la persona solicitante.

El plazo suele permanecer abierto hasta que se agoten los fondos, y entre la documentación imprescindible se encuentra el registro de la instalación y los documentos técnicos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de eficiencia y seguridad.

Programa Renove en la Comunitat Valenciana

La Comunitat Valenciana cuenta con un Programa Renove enfocado a la implantación de sistemas de biomasa y aerotermia. Este programa contempla subvenciones de hasta 400 € para la instalación de calderas de pellets o bombas de calor aerotérmicas que sustituyan equipos menos eficientes.

Un punto muy interesante es que estas ayudas pueden ser compatibles con la deducción en el IRPF por eficiencia energética, siempre que se cumplan los requisitos estatales. La convocatoria suele ser anual y funcionar con cupos limitados, por lo que conviene no dejar la solicitud para el último momento.

Ayudas del INEGA en Galicia

En Galicia, el Instituto Enerxético de Galicia (INEGA) pone a disposición de las personas usuarias un programa de ayudas muy potente para calderas de biomasa y bombas de calor. En muchos casos, la subvención puede llegar hasta el 60 % del coste total de la inversión, lo que reduce de manera considerable el desembolso inicial.

La convocatoria permanece abierta hasta el 15 de diciembre de 2025, siempre con el límite del presupuesto. Entre los requisitos clave está la necesidad de presentar un informe técnico detallado y un certificado energético que evidencie la mejora conseguida con la nueva instalación.

Plan Renove de Calderas Centralizadas en Aragón

Aragón dispone de un Plan Renove de Calderas Centralizadas especialmente pensado para comunidades de propietarios y edificios con salas de calderas comunitarias. La ayuda se estructura en función de la potencia sustituida, con una aportación aproximada de 1 €/kW por cada caldera que se renueva.

Para acceder a este plan, se requiere una memoria técnica completa de la actuación, el registro de la instalación correspondiente y el cumplimiento de los requisitos de eficiencia y seguridad que marquen las bases reguladoras.

Compatibilidad de las ayudas con deducciones en el IRPF

Un aspecto que genera muchas dudas es cómo afectan estas ayudas a la declaración de la renta y si se pueden compatibilizar con las deducciones estatales por obras de eficiencia energética en viviendas.

Actualmente, las ayudas autonómicas para cambio de calderas y sistemas eficientes pueden ser compatibles con las deducciones temporales en el IRPF por mejora de la eficiencia energética reguladas por el Real Decreto-ley 19/2021, siempre que se cumplan todos los requisitos de ese régimen: mejora de la calificación energética, reducción del consumo de energía primaria no renovable, etc.

Sin embargo, hay tres puntos clave a tener en cuenta:

  • La subvención hay que declararla como ganancia patrimonial en la declaración de la renta, en la casilla correspondiente del IRPF.
  • La cuantía de la ayuda recibida reduce la base sobre la que se aplica la deducción por eficiencia energética; es decir, primero se descuenta la parte subvencionada y sobre el resto es sobre lo que se puede deducir.
  • No es posible aplicar dos deducciones completas sobre el mismo gasto sin hacer antes ese ajuste de la base; se evitaría así una doble ventaja fiscal sobre el mismo importe.

Por ejemplo, si instalas una caldera de biomasa por un coste total de 3.000 € y recibes una subvención de 1.200 €, el gasto a tener en cuenta para la deducción del IRPF no son los 3.000 €, sino los 1.800 € restantes. Si la deducción aplicable es del 40 %, solo podrás deducir un máximo de 720 €, que corresponden a ese 40 % de 1.800 €.

Además, es muy recomendable guardar toda la documentación al menos durante 4 años (facturas, justificantes de pago, certificados, resoluciones de concesión, etc.), periodo en el que la Agencia Tributaria podría revisar la correcta aplicación de las ayudas y deducciones.

Preguntas frecuentes sobre cambio de calderas y ayudas en 2025

En torno al plan renove de calderas de 2025 surgen siempre las mismas dudas. A continuación se responden las más habituales de forma directa, para que tengas una visión rápida y clara de las reglas del juego.

¿Puedo recibir ayuda si cambio una caldera de gas por otra de gas?

A día de hoy, la respuesta es no. Desde 2025, las normas que regulan estas ayudas excluyen las calderas alimentadas únicamente con combustibles fósiles. Esto incluye tanto las calderas de gas tradicionales como las de gas de condensación, aunque sean más eficientes que modelos antiguos.

¿Es obligatorio el certificado energético para pedir la ayuda?

Sí, prácticamente todas las convocatorias exigen un certificado de eficiencia energética antes y después de la actuación, elaborado por un técnico competente y registrado en el organismo autonómico correspondiente. Sin este documento es muy difícil, por no decir imposible, tramitar la subvención.

¿Las ayudas tributan en la declaración de la renta?

Sí, las subvenciones públicas destinadas a la mejora de calderas y sistemas de climatización se consideran, con carácter general, una ganancia patrimonial en el IRPF. Por tanto, deben declararse en el ejercicio fiscal en el que se perciben, y también influyen en la base de cálculo de las deducciones por eficiencia energética, tal y como se ha explicado.

¿Puedo solicitar la ayuda si soy inquilino?

En algunos casos es posible que el inquilino pueda ser beneficiario de la ayuda, pero suele ser imprescindible contar con la autorización expresa de la persona propietaria y asumir directamente la inversión. Esto debe quedar claro en la documentación presentada y en los contratos o acuerdos que se aporten junto a la solicitud.

¿Qué pasa si la instalación se hace fuera del plazo de la convocatoria?

Si la actuación se ejecuta fuera de las fechas previstas por la convocatoria, lo más probable es que no tengas derecho a la subvención, aunque el equipo sea eficiente y cumpla con todos los requisitos técnicos. Los plazos son un elemento esencial de estas ayudas, así que conviene consultar bien las bases antes de contratar y realizar la obra.

Con todo este escenario, el plan renove de calderas deja de ser solo un cambio de aparato y se convierte en una oportunidad real para modernizar la instalación, apostar por tecnologías renovables y reducir tanto la factura energética como las emisiones. Entender qué equipos son subvencionables, cómo funcionan las ayudas de cada comunidad autónoma, qué obligaciones asumes como beneficiario y qué impacto tiene la subvención en tu IRPF te permitirá decidir con cabeza y aprovechar al máximo los programas vigentes en 2025.

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