Deducción IRPF eficiencia energética: tu guía para desgravar

enero 28, 2026
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Hombre feliz frente a casa eficiente con placas solares y beneficios fiscales por eficiencia energética
En pocas palabras

¿Estás pensando en hacer obras en casa este 2026 para que sea más eficiente y gaste menos? ¡Pues agárrate, que vienen buenas noticias! Sabías que puedes recuperar una parte de esa inversión gracias a las deducciones del IRPF por eficiencia energética que siguen vigentes este año? Sí, sí, como lo estás leyendo. Te voy a contar de forma clara y sin rollos cómo funcionan estas ayudas fiscales hoy mismo, qué obras te permiten desgravar y qué necesitas tener atado y bien atado para que Hacienda te devuelva un pellizquito. ¡Presta atención, que esto te interesa un montón!

Deducciones IRPF por eficiencia energética: ¿qué son y por qué te interesan?

Cuando hablamos de deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética, nos referimos a una especie de «descuento» que te puedes aplicar en tu declaración de la renta si inviertes en tu vivienda durante este 2026 para hacerla más sostenible y, sobre todo, para que consuma menos energía.

Piénsalo como un empujoncito que te da el Gobierno para animarte a mejorar tu casa, algo que al final es bueno para tu bolsillo, para tu confort y también para el planeta.

En la práctica, si cumples una serie de requisitos que te voy a detallar enseguida, puedes restar un porcentaje de lo que te gastes en esas obras de la cantidad que te tocaría pagar a Hacienda. En algunos casos, ¡incluso puede que la declaración te salga a devolver gracias a esto! No suena nada mal, ¿verdad?

Es súper importante que sepas que estas deducciones se han prorrogado para cubrir las actuaciones de 2026. Por eso, si estás planeando una reforma ahora, es el momento perfecto. Te recomiendo que siempre consultes la normativa más reciente en la web de la Agencia Tributaria antes de lanzarte, ya que los plazos de certificación son clave.

El objetivo de estas ayudas fiscales es doble, como te decía: por un lado, ayudarte a ti, propietario, a que el esfuerzo económico de la reforma sea más llevadero; y por otro, darle un buen impulso a la rehabilitación energética de los edificios en España. Mejorar la eficiencia energética de los edificios es clave para cumplir con los objetivos de sostenibilidad que tenemos como país.

Nuestra opinión experta

Hacer cambios en tu vivienda para que sea más eficiente es un buen ejemplo de lo que debes hacer para pagar menos en tu factura. Sin embargo, algo que se pasa por alto normalmente es tener una tarifa de luz adecuada. Si necesitas ayuda para encontrar una tarifa perfecta que te permita ahorrar en pleno 2026, llámanos y uno de nuestros expertos te asesorará de forma personalizada.

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Tipos de deducción IRPF por eficiencia energética: ¿cuál te aplica?

Actualmente, existen principalmente tres tipos de deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas que puedes aprovechar si inicias o terminas tus obras este año.

Cada una tiene sus propias reglas del juego en cuanto a requisitos de ahorro energético, los porcentajes que te puedes deducir y los límites de gasto. ¡Vamos a destriparlas una por una para que veas cuál podría ser la tuya!

1. Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración (¡hasta un 20%!)

Esta es la primera de las deducciones y está especialmente pensada para esas obras que consiguen que tu casa necesite tirar menos de calefacción en invierno o de aire acondicionado en verano. Aquí, el protagonista suele ser un buen aislamiento térmico.

  • ¿Qué porcentaje te puedes deducir? Te puedes aplicar una deducción del 20% sobre las cantidades que hayas pagado por las obras.
  • ¿Cuál es la base máxima de deducción? La cantidad máxima sobre la que puedes aplicar ese 20% cada año es de 5.000 euros. Haciendo cuentas rápidas, esto significa que, como mucho, te podrías deducir 1.000 euros al año por esta vía.
  • ¿Qué requisito de ahorro energético se exige? La clave del asunto es que las obras logren una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración de tu vivienda. Este es un punto crucial y se tiene que acreditar mediante dos certificados de eficiencia energética: uno expedido antes de empezar las obras y otro justo al finalizarlas. ¡Sin estos papeles, no hay paraíso fiscal!
  • ¿Para qué tipo de vivienda aplica? Esta deducción es para tu vivienda habitual o para cualquier otra vivienda de tu propiedad que tengas alquilada para su uso como vivienda en ese momento, o que tengas intención de alquilar (siempre que la alquiles antes de que termine el segundo año después de acabar las obras).
  • ¿Hasta cuándo puedes hacer las obras? Con la normativa actual, las obras pueden realizarse hasta el 31 de diciembre de 2026. ¡Tienes todo este año por delante!

Algunos ejemplos de obras que suelen encajar como un guante aquí:

  • Mejora del aislamiento térmico de las fachadas, ya sea con un sistema SATE, insuflado de aislante en las cámaras de aire, o con trasdosados interiores.
  • Aislamiento de cubiertas o tejados, que es por donde se escapa un montón de calor.
  • Sustitución de ventanas viejas por unas nuevas con mejores prestaciones térmicas, como las que tienen doble o triple acristalamiento y rotura de puente térmico. ¡Se nota un montón!

2. Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable (¡hasta un 40%!)

Esta segunda deducción sube un poco el listón y busca una reducción más importante del consumo global de energía de tu vivienda, específicamente de la que no proviene de fuentes renovables. Es un paso más allá en la eficiencia.

  • ¿Qué porcentaje te puedes deducir? Aquí el pellizco que te devuelve Hacienda es más jugoso: te puedes deducir el 40% de las cantidades que hayas pagado.
  • ¿Cuál es la base máxima de deducción? La base máxima anual sobre la que aplicar el porcentaje es de 7.500 euros. Por lo tanto, la deducción máxima que podrías conseguir cada año sería de 3.000 euros.
  • ¿Qué requisito de ahorro energético se exige? Para esta deducción, las obras deben conseguir una reducción de al menos un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable. Como alternativa, también vale si la vivienda obtiene una calificación energética «A» o «B» en la escala de la etiqueta energética. Y sí, has adivinado: necesitarás los dos certificados energéticos (antes y después) para poder demostrarlo.
  • ¿Para qué tipo de vivienda aplica? Al igual que la deducción anterior, es para tu vivienda habitual o para viviendas que tengas en alquiler o vayas a alquilar.
  • ¿Hasta cuándo puedes hacer las obras? El plazo para realizar las obras y certificar la mejora se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
En pocas palabras

¿Qué obras son las estrellas para esta deducción? Además de las mejoras en el aislamiento, aquí entran con mucha fuerza las instalaciones de sistemas de climatización altamente eficientes. Por ejemplo, la instalación de sistemas de aerotermia para calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria es una de las obras estrella para optar a esta deducción en 2026. La aerotermia es súper eficiente y utiliza energía renovable que toma del aire. También la instalación de calderas de biomasa de alta eficiencia podría encajar.

3. Deducción por obras de rehabilitación energética en edificios de uso residencial (¡hasta un 60%!)

Esta es la deducción más potente de todas y está pensada para actuaciones que se realizan a nivel de edificio completo.

  • ¿Qué porcentaje te puedes deducir? Te puedes llegar a deducir el 60% de las cantidades satisfechas.
  • ¿Cuál es la base máxima de deducción? La base máxima anual es de 5.000 euros, pudiendo deducir el exceso en los cuatro ejercicios fiscales siguientes hasta un límite total acumulado de 15.000 euros.
  • ¿Qué requisito de ahorro energético se exige? Una reducción del consumo de energía primaria no renovable del edificio de al menos un 30%, o bien, mejorar la calificación energética del edificio hasta la clase «A» o «B».
  • ¿Hasta cuándo puedes hacer las obras? Las actuaciones en edificios tienen de plazo hasta el 31 de diciembre de 2026. Es crucial que el certificado de eficiencia energética que acredite la mejora se registre oficialmente antes de que acabe el año.

¿Qué tipo de obras suelen entrar en esta categoría? Normalmente son actuaciones globales de la comunidad de propietarios, como rehabilitación integral de fachadas con SATE, aislamiento de cubiertas o sustitución de calderas comunitarias por sistemas de aerotermia centralizada o biomasa.

Requisitos y papeleo para las deducciones: ¡toma nota!

Además de los requisitos específicos, hay algunas cosas generales que tienes que tener muy en cuenta en este 2026 para que Hacienda no te ponga pegas:

  • Certificados de eficiencia energética: Necesitarás uno antes de iniciar las obras y otro justo después de su finalización. Estos documentos deben estar registrados en el organismo competente de tu comunidad autónoma.
  • Facturas detalladas: Deben estar a tu nombre y detallar los trabajos realizados.
  • Justificantes de pago: Los pagos deben realizarse por medios bancarios (transferencia, tarjeta, etc.). Evita el efectivo, ya que invalida el derecho a la deducción.
  • Ojo con otras ayudas: Si recibes subvenciones de fondos europeos para la misma obra, debes restarlas de la base de la deducción del IRPF. Solo te deduces por lo que pagas de tu bolsillo.
En pocas palabras

Un consejo: Antes de empezar tu reforma este 2026, asegúrate de que el técnico que te haga el certificado energético inicial sea consciente de que buscas la deducción del IRPF para que ajuste bien los indicadores necesarios. ¡Mejor dejarlo todo claro desde el minuto uno!

Aplicar la deducción en el IRPF: ¿cómo se hace?

Una vez terminadas las obras este año, aplicarás la deducción en la declaración que presentes el año que viene. El programa Renta Web tendrá habilitadas las casillas específicas para las «Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas».

Tendrás que introducir el NIF del emisor de la factura, la fecha de los certificados y las cantidades invertidas. Recuerda guardar toda la documentación durante cuatro años, pues Hacienda suele realizar comprobaciones automáticas de estos certificados en 2026.

Preguntas Frecuentes

En general, sí suelen ser compatibles con otras subvenciones o ayudas para la eficiencia energética, como por ejemplo las que provienen de los fondos NextGeneration EU. Sin embargo, hay un matiz importante: la cantidad de la obra que ya te hayan subvencionado no podrás incluirla en la base sobre la que calculas la deducción del IRPF. Es decir, solo te puedes deducir sobre la parte del coste de la obra que hayas pagado tú directamente de tu bolsillo, una vez que hayas descontado el importe de la subvención que te hayan concedido. ¡Es crucial tener esto muy claro para no meter la pata con Hacienda!

Sí, para la inmensa mayoría de estas deducciones por eficiencia energética, este es un requisito fundamental e ineludible. Necesitas un certificado energético que haya sido expedido por un técnico competente antes de que empieces las obras, y otro certificado diferente, también expedido por un técnico, una vez que las obras hayan finalizado por completo. Estos dos documentos son la prueba oficial que necesita Hacienda para verificar que realmente se ha producido la mejora en la eficiencia energética de tu vivienda que da derecho a la deducción. Sin ellos, lo más normal es que te denieguen la ayuda fiscal.

En ese caso, te podrás deducir en cada período impositivo (es decir, en cada declaración de la renta anual) las cantidades que hayas satisfecho efectivamente en ese año concreto, siempre respetando la base máxima anual de la deducción que te corresponda (5.000€, 7.500€, o los 5.000€ con posibilidad de arrastre para la deducción del 60%). Si un año pagas una cantidad superior a esa base máxima, la parte que exceda no la podrás deducir en ese ejercicio, salvo en el caso de la deducción del 60%, que sí permite arrastrar ese exceso a los cuatro años siguientes.

¡Muy buena pregunta, y la respuesta suele ser que sí! La instalación de sistemas que utilizan energías renovables y mejoran la eficiencia, como puede ser la aerotermia para climatización y agua caliente, o las placas solares fotovoltaicas para autoconsumo, puede encajar perfectamente en la deducción del 40%, siempre y cuando se cumplan los requisitos de reducción de consumo o de mejora de la calificación energética que exige esa deducción. Son, de hecho, algunas de las inversiones estrella para optar a estas ayudas fiscales.

¡Claro que sí! Si las obras se realizan en elementos comunes del edificio, como por ejemplo la fachada, la cubierta o la sala de calderas, y las paga la comunidad de propietarios, tú como propietario podrás deducirte la parte proporcional que te corresponda según tu cuota de participación en la comunidad. Para ello, la comunidad deberá facilitarte un certificado o documento que acredite las cantidades que has abonado para esas obras.

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