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Eficiencia energética 7 de junio de 2025

Deducción IRPF eficiencia energética: tu guía para desgravar

Redacción Redacción
Última actualización Actualización: 7 de junio de 2025
En pocas palabras

¿Has hecho obras en casa para que sea más eficiente y gaste menos, o estás dándole vueltas a la idea? ¡Pues agárrate, que vienen buenas noticias! Sabías que puedes recuperar una parte de esa inversión gracias a las deducciones del IRPF por eficiencia energética? Sí, sí, como lo estás leyendo. Te voy a contar de forma clara y sin rollos cómo funcionan estas ayudas fiscales, qué obras te permiten desgravar y qué necesitas tener atado y bien atado para que Hacienda te devuelva un pellizquito. ¡Presta atención, que esto te interesa un montón!

Deducciones IRPF por eficiencia energética: ¿qué son y por qué te interesan?

Cuando hablamos de deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética, nos referimos a una especie de “descuento” que te puedes aplicar en tu declaración de la renta si has invertido en tu vivienda para hacerla más sostenible y, sobre todo, para que consuma menos energía.

Piénsalo como un empujoncito que te da el Gobierno para animarte a mejorar tu casa, algo que al final es bueno para tu bolsillo, para tu confort y también para el planeta

En la práctica, si cumples una serie de requisitos que te voy a detallar enseguida, puedes restar un porcentaje de lo que te gastaste en esas obras de la cantidad que te tocaría pagar a Hacienda. En algunos casos, ¡incluso puede que la declaración te salga a devolver gracias a esto! No suena nada mal, ¿verdad?

Es súper importante que sepas que estas deducciones suelen tener una fecha de caducidad y se van actualizando con el tiempo. Por eso, te recomiendo que siempre consultes la normativa más reciente en la web de la Agencia Tributaria antes de lanzarte.

El objetivo de estas ayudas fiscales es doble, como te decía: por un lado, ayudarte a ti, propietario, a que el esfuerzo económico de la reforma sea más llevadero; y por otro, darle un buen impulso a la rehabilitación energética de los edificios en España. Mejorar la [eficiencia energética de los edificios es clave para cumplir con los objetivos de sostenibilidad que tenemos como país.

Nuestra opinión experta

Hacer cambios en tu vivienda para que sea más eficiente es un buen ejemplo de lo que debes hacer para pagar menos en tu factura. Sin embargo, algo que se pasa por alto normalmente es tener una tarifa de luz adecuada. Si necesitas ayuda para encontrar una tarifa perfecta que te permita ahorrar, llámanos y uno de nuestros expertos te asesorará de forma personalizada.

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Tipos de deducción IRPF por eficiencia energética: ¿cuál te aplica?

Actualmente, y según la normativa que tenemos sobre la mesa a fecha de hoy (¡recuerda siempre verificar la última versión oficial!), existen principalmente tres tipos de deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas.

Cada una tiene sus propias reglas del juego en cuanto a requisitos de ahorro energético, los porcentajes que te puedes deducir y los límites de gasto. ¡Vamos a destriparlas una por una para que veas cuál podría ser la tuya!

1. Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración (¡hasta un 20%!)

Esta es la primera de las deducciones y está especialmente pensada para esas obras que consiguen que tu casa necesite tirar menos de calefacción en invierno o de aire acondicionado en verano. Aquí, el protagonista suele ser un buen aislamiento térmico.

  • ¿Qué porcentaje te puedes deducir? Te puedes aplicar una deducción del 20% sobre las cantidades que hayas pagado por las obras.
  • ¿Cuál es la base máxima de deducción? La cantidad máxima sobre la que puedes aplicar ese 20% cada año es de 5.000 euros. Haciendo cuentas rápidas, esto significa que, como mucho, te podrías deducir 1.000 euros al año por esta vía.
  • ¿Qué requisito de ahorro energético se exige? La clave del asunto es que las obras logren una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración de tu vivienda. Este es un punto crucial y se tiene que acreditar mediante dos certificados de eficiencia energética: uno expedido antes de empezar las obras y otro justo al finalizarlas. ¡Sin estos papeles, no hay paraíso fiscal!
  • ¿Para qué tipo de vivienda aplica? Esta deducción es para tu vivienda habitual o para cualquier otra vivienda de tu propiedad que tengas alquilada para su uso como vivienda en ese momento, o que tengas intención de alquilar (siempre que la alquiles antes de que termine el segundo año después de acabar las obras).
  • ¿Hasta cuándo puedes hacer las obras? Las obras deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024. ¡No te duermas en los laureles con los plazos!

Algunos ejemplos de obras que suelen encajar como un guante aquí:

  • Mejora del aislamiento térmico de las fachadas, ya sea con un sistema SATE (Sistema de Aislamiento Térmico por el Exterior), insuflado de aislante en las cámaras de aire, o con trasdosados interiores.
  • Aislamiento de cubiertas o tejados, que es por donde se escapa un montón de calor.
  • Sustitución de ventanas viejas por unas nuevas con mejores prestaciones térmicas, como las que tienen doble o triple acristalamiento y rotura de puente térmico. ¡Se nota un montón!

2. Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable (¡hasta un 40%!)

Esta segunda deducción sube un poco el listón y busca una reducción más importante del consumo global de energía de tu vivienda, específicamente de la que no proviene de fuentes renovables. Es un paso más allá en la eficiencia.

  • ¿Qué porcentaje te puedes deducir? Aquí el pellizco que te devuelve Hacienda es más jugoso: te puedes deducir el 40% de las cantidades que hayas pagado.
  • ¿Cuál es la base máxima de deducción? La base máxima anual sobre la que aplicar el porcentaje es de 7.500 euros. Por lo tanto, la deducción máxima que podrías conseguir cada año sería de 3.000 euros.
  • ¿Qué requisito de ahorro energético se exige? Para esta deducción, las obras deben conseguir una reducción de al menos un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable. Como alternativa, también vale si la vivienda obtiene una calificación energética “A” o “B” en la escala de la etiqueta energética. Y sí, has adivinado: necesitarás los dos certificados energéticos (antes y después) para poder demostrarlo.
  • ¿Para qué tipo de vivienda aplica? Al igual que la deducción anterior, es para tu vivienda habitual o para viviendas que tengas en alquiler o vayas a alquilar, cumpliendo las mismas condiciones.
  • ¿Hasta cuándo puedes hacer las obras? El plazo para realizar las obras es el mismo: entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024.
En pocas palabras

¿Qué obras son las estrellas para esta deducción? Además de las mejoras en el aislamiento que vimos antes, aquí entran con mucha fuerza las instalaciones de sistemas de climatización que sean altamente eficientes y que reduzcan de forma drástica el consumo de energías convencionales. Por ejemplo, la instalación de sistemas de aerotermia para calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria es una de las obras estrella para optar a esta deducción. La aerotermia es súper eficiente y utiliza energía renovable que toma del aire, ¡una maravilla! También la instalación de calderas de biomasa de alta eficiencia podría encajar.

3. Deducción por obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominante residencial (¡hasta un 60%!)

Esta es la deducción más potente de todas, la “Champions League” de las ayudas fiscales por eficiencia, y está pensada para actuaciones que se realizan a nivel de edificio completo, no solo en tu vivienda individual (aunque tú te beneficias por la parte que te toque pagar como propietario).

  • ¿Qué porcentaje te puedes deducir? Te puedes llegar a deducir el 60% de las cantidades que hayas satisfecho por estas obras.
  • ¿Cuál es la base máxima de deducción? La base máxima anual es de 5.000 euros. Pero aquí viene lo interesante: si en un año no llegas a esa base máxima con lo que has pagado, las cantidades que te sobren las puedes deducir en los cuatro ejercicios fiscales siguientes. Eso sí, sin pasarte de 5.000 euros anuales y con un límite total acumulado de 15.000 euros por vivienda a lo largo de esos años. ¡Esto es un puntazo importante!
  • ¿Qué requisito de ahorro energético se exige? Se pide una reducción del consumo de energía primaria no renovable del edificio de al menos un 30%, o bien, que se mejore la calificación energética del edificio completo hasta obtener una clase “A” o “B”. Esto se acredita con el certificado de eficiencia energética del edificio.
  • ¿Para qué tipo de vivienda aplica? Para tu vivienda habitual o para viviendas que tengas en alquiler o vayas a alquilar, siempre que estén ubicadas en edificios que sean de uso predominante residencial.
  • ¿Hasta cuándo puedes hacer las obras? Aquí el plazo para terminar las obras es un poquito más amplio. Se pueden realizar hasta el 31 de diciembre de 2025, pero es crucial que el certificado de eficiencia energética que acredite la mejora se expida antes del 1 de enero de 2026.

¿Qué tipo de obras suelen entrar en esta categoría? Normalmente son actuaciones globales que se deciden y se pagan en la comunidad de propietarios, como por ejemplo:

  • La rehabilitación integral de la fachada del edificio completo con un buen sistema de aislamiento térmico.
  • La mejora del aislamiento de la cubierta o tejado del edificio.
  • La sustitución de la sala de calderas comunitaria por una mucho más eficiente, como podría ser una caldera de biomasa o un sistema de aerotermia centralizado para todo el bloque.

Requisitos y papeleo para las deducciones: ¡toma nota!

Además de los requisitos específicos que te he contado para cada tipo de deducción, hay algunas cosas generales que tienes que tener muy en cuenta para poder aplicártelas en tu IRPF sin que Hacienda te ponga pegas. ¡Toma buena nota, que esto es importante!

  • Certificados de eficiencia energética: son la piedra angular de todo esto, el pasaporte a tu deducción. Necesitarás un certificado energético de tu vivienda (o del edificio, si es la deducción del 60%) expedido por un técnico competente antes de iniciar las obras, y otro certificado diferente expedido justo después de su finalización. Estos dos documentos son la prueba del algodón que demuestra la mejora real conseguida. Sin ellos, lo más probable es que te quedes sin la deducción, ¡así de claro!
  • Facturas detalladas y a tu nombre: Guarda todas las facturas de las obras como si fueran un tesoro. Deben estar emitidas a tu nombre (o al de la comunidad de propietarios, indicando tu participación) y tienen que reflejar de forma clara y detallada los trabajos realizados y los importes correspondientes.
  • Justificantes de pago (¡que se vea por dónde ha ido el dinero!): No basta solo con tener la factura; tienes que poder demostrar que has pagado esas cantidades. Los pagos deben realizarse por medios que dejen rastro bancario, como una transferencia, un pago con tarjeta o un cheque nominativo. Intenta evitar los pagos en efectivo si quieres tener derecho a la deducción, porque son más difíciles de justificar ante Hacienda.
  • Titularidad de la vivienda: Lógicamente, debes ser el propietario de la vivienda donde se realizan las obras para poder deducirte los gastos.
  • Cumplir los plazos a rajatabla: Asegúrate de que las obras se realizan y los certificados energéticos se expiden dentro de los plazos que marca la normativa para cada una de las deducciones. ¡Que no se te pase el arroz!
  • Ojo con otras ayudas o subvenciones: Si ya has recibido otras subvenciones para eficiencia energética por esas mismas obras (por ejemplo, de los fondos NextGeneration EU) que cubran una parte o el total del coste, ten en cuenta que la parte del gasto que ya te han subvencionado no podrás incluirla en la base de la deducción del IRPF. Solo te puedes deducir sobre la cantidad que hayas pagado tú de tu bolsillo, una vez descontada la subvención. ¡Consulta bien este punto para no liarla!
En pocas palabras

Un consejo que te doy: antes de meterte en obras con la idea de aprovechar estas deducciones, habla tranquilamente con los profesionales que vayan a realizar la reforma y, si puedes, con un asesor fiscal. Ellos te podrán orientar de maravilla sobre si tu proyecto cumple todos los requisitos, qué documentación exacta vas a necesitar y cómo planificarlo todo para no tener sorpresas. ¡Más vale prevenir que lamentar después!

Aplicar la deducción en el IRPF: ¿cómo se hace?

Una vez que tienes todas tus obras terminadas, tus facturas bien pagadas y tus dos certificados energéticos (el de antes y el de después) en regla, llega el momento que todos esperamos: la declaración de la renta. Aplicar estas deducciones por eficiencia energética es, en realidad, más fácil de lo que parece, ya que el programa Renta Web que proporciona la Agencia Tributaria suele tener apartados específicos para ellas.

Normalmente, tendrás que buscar en el programa las casillas correspondientes a las “Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas” e ir introduciendo los datos que te pidan. Estos suelen ser las cantidades que has satisfecho durante el año fiscal por las obras, la base de la deducción que te corresponde y, en algunos casos, datos identificativos de los certificados energéticos.

¡Un detalle importante que no se te puede olvidar! Aunque al presentar tu declaración de la renta no tengas que adjuntar toda la documentación (como las facturas o los certificados), Hacienda tiene todo el derecho del mundo a requerírtela en cualquier momento durante los siguientes cuatro años para comprobar que todo está correcto. Así que, ¡guárdalo todo bien guardadito en una carpeta, como si fuera oro en paño!

Preguntas frecuentes: deducciones IRPF eficiencia energética

¿Puedo aplicar estas deducciones del IRPF si la obra de eficiencia energética la paga la comunidad de propietarios?

¡Claro que sí! Si las obras se realizan en elementos comunes del edificio, como por ejemplo la fachada, la cubierta o la sala de calderas, y las paga la comunidad de propietarios, tú como propietario podrás deducirte la parte proporcional que te corresponda según tu cuota de participación en la comunidad. Para ello, la comunidad deberá facilitarte un certificado o documento que acredite las cantidades que has abonado para esas obras.

¿La instalación de placas solares o un sistema de aerotermia desgrava en el IRPF por eficiencia energética?

¡Muy buena pregunta, y la respuesta suele ser que sí! La instalación de sistemas que utilizan energías renovables y mejoran la eficiencia, como puede ser la aerotermia para climatización y agua caliente, o las placas solares fotovoltaicas para autoconsumo, puede encajar perfectamente en la deducción del 40%, siempre y cuando se cumplan los requisitos de reducción de consumo o de mejora de la calificación energética que exige esa deducción. Son, de hecho, algunas de las inversiones estrella para optar a estas ayudas fiscales.

Si las obras de mejora de eficiencia energética se realizan a lo largo de varios años, ¿cómo aplico la deducción del IRPF?

En ese caso, te podrás deducir en cada período impositivo (es decir, en cada declaración de la renta anual) las cantidades que hayas satisfecho efectivamente en ese año concreto, siempre respetando la base máxima anual de la deducción que te corresponda (5.000€, 7.500€, o los 5.000€ con posibilidad de arrastre para la deducción del 60%). Si un año pagas una cantidad superior a esa base máxima, la parte que exceda no la podrás deducir en ese ejercicio, salvo en el caso de la deducción del 60%, que sí permite arrastrar ese exceso a los cuatro años siguientes.

¿Es totalmente obligatorio tener dos certificados de eficiencia energética, uno antes y otro después de las obras, para la deducción del IRPF?

Sí, para la inmensa mayoría de estas deducciones por eficiencia energética, este es un requisito fundamental e ineludible. Necesitas un certificado energético que haya sido expedido por un técnico competente antes de que empieces las obras, y otro certificado diferente, también expedido por un técnico, una vez que las obras hayan finalizado por completo. Estos dos documentos son la prueba oficial que necesita Hacienda para verificar que realmente se ha producido la mejora en la eficiencia energética de tu vivienda que da derecho a la deducción. Sin ellos, lo más normal es que te denieguen la ayuda fiscal.

¿Estas deducciones del IRPF por eficiencia energética son compatibles con otras subvenciones o ayudas que haya podido recibir?

En general, sí suelen ser compatibles con otras subvenciones o ayudas para la eficiencia energética, como por ejemplo las que provienen de los fondos NextGeneration EU. Sin embargo, hay un matiz importante: la cantidad de la obra que ya te hayan subvencionado no podrás incluirla en la base sobre la que calculas la deducción del IRPF. Es decir, solo te puedes deducir sobre la parte del coste de la obra que hayas pagado tú directamente de tu bolsillo, una vez que hayas descontado el importe de la subvención que te hayan concedido. ¡Es crucial tener esto muy claro para no meter la pata con Hacienda!