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Eficiencia energética 6 de junio de 2025

Certificado Energético: cuándo es obligatorio y cuál es su precio

Redacción Redacción
Última actualización Actualización: 6 de junio de 2025
En pocas palabras

El certificado de eficiencia energética: ¿un papel más o algo realmente importante? Si tienes un inmueble, ¡esto te interesa! Hay momentos clave en los que tenerlo no es una opción, sino una obligación. Aquí te desvelo cuándo lo necesitas sí o sí y te doy la hoja de ruta para conseguirlo sin perder los nervios ni el tiempo. ¡Vamos a ello!

Primero lo primero: ¿qué es este certificado de eficiencia energética?

Vale, antes de meternos en harina sobre cuándo te toca sacarlo sí o sí, vamos a aclarar qué es este documento del que tanto oímos hablar. El certificado de eficiencia energética (CEE), para que tú y yo nos entendamos, es como el DNI energético de tu casa o local.

Es un informe oficial que te dice cuánta energía consume tu inmueble y, de rebote, cuánto CO2 emite a la atmósfera en condiciones normales de uso. Esto no es un capricho; ayuda a que todos seamos más conscientes del gasto energético y fomenta que los edificios sean cada vez mejores en este aspecto, ¡que buena falta hace!

Piensa en la etiqueta de eficiencia energética que ves en los electrodomésticos, esa de colores que va de la A a la G. Pues bien, el certificado asigna una de estas letras a tu vivienda o local.

Este certificado es un documento bastante completo, no te creas que es solo una letra. También incluye información muy útil, como por ejemplo:

  • El consumo anual de energía que se estima para la calefacción, la refrigeración y el agua caliente sanitaria.
  • Las emisiones de dióxido de carbono que van asociadas a ese consumo energético.
  • Y, esto es oro molido, unas recomendaciones personalizadas para mejorar esa eficiencia. ¡Ideas para que tu casa sea más confortable y gastes menos!
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Este papel tan importante lo tiene que hacer un técnico certificador competente. Y no, no vale tu cuñado el manitas, por muy apañado que sea. Tiene que ser un profesional con la titulación adecuada: un arquitecto, un arquitecto técnico, un ingeniero o un ingeniero técnico. Son los que están oficialmente habilitados para ello y saben de qué va la película.

¿Cuándo es obligatorio tener el certificado de eficiencia energética? ¡Atento a estos casos que te pueden tocar!

Aquí llegamos al quid de la cuestión, la parte que más nos suele preocupar y generar dudas. ¿En qué situaciones me obliga la ley a tener este certificado energético? Pues te lo voy a resumir de forma clarita para que no se te escape nada. Necesitas el certificado de eficiencia energética SÍ o SÍ en estas circunstancias:

Si vas a vender tu vivienda o local: ¡imprescindible!

Este es, quizás, el escenario más habitual. Si pones tu casa, piso, chalet, o ese local comercial que tienes en venta, debes tener el certificado energético desde el mismísimo momento en que lo anuncias.

Sí, has leído bien, ¡desde que pones el primer cartelito o anuncio online! La etiqueta energética, esa pegatina con la letra y los colores, debe figurar en toda la publicidad que hagas. Da igual si es en un portal inmobiliario, en el escaparate de una agencia o en un folio pegado en la ventana.

Y, como colofón, en el momento de la firma de la compraventa ante notario, tendrás que entregarle al flamante nuevo propietario una copia del certificado debidamente registrado. Si te haces el loco y no lo haces, ¡cuidado!, porque te pueden caer multas importantes, y el notario está obligado a advertir de la falta de este documento, lo que podría incluso paralizar la operación. Mejor no jugársela, ¿verdad?

Si vas a alquilar tu vivienda o local: ¡también te toca!

Al igual que ocurre con la venta, si vas a poner en alquiler un inmueble, ya sea una vivienda para que una familia monte su hogar o un local para que alguien emprenda su negocio, y el contrato es por un periodo superior a cuatro meses, también estás obligado a disponer del certificado de eficiencia energética.

De nuevo, la etiqueta energética tiene que estar visible en cualquier anuncio o publicidad del alquiler. Y cuando llegue el momento de firmar el contrato de arrendamiento, deberás entregarle una copia del certificado al inquilino. Esto es más que un trámite; le da al inquilino una idea bastante aproximada de los gastos energéticos que podría tener, lo cual es una información muy valiosa.

Un pequeño apunte sobre los alquileres turísticos, que a veces son un mundo aparte: la normativa aquí puede ser un poquito más enrevesada y suele depender de cada comunidad autónoma y de si el inmueble se considera o no un “edificio de uso residencial público”. Como norma general, si es un alquiler de temporada que supera los cuatro meses, el certificado es necesario. Para alquileres turísticos de estancias más cortas, la cosa puede cambiar, así que mi mejor consejo es que lo consultes específicamente para tu caso y evites sorpresas desagradables.

Para edificios de nueva construcción: ¡desde el minuto cero!

Si eres promotor y estás levantando una casa nueva desde los cimientos, o un edificio entero, el certificado de eficiencia energética es un requisito totalmente indispensable. Sin él, no podrás obtener la licencia de primera ocupación o la cédula de habitabilidad, según el caso. Vamos, que sin este certificado, es como si el edificio no estuviera legalmente “completo” y listo para ser utilizado.

En esta situación, es el promotor quien tiene la responsabilidad de obtener el certificado y entregárselo al comprador de la vivienda nueva. Es parte del “pack” de una casa con buena eficiencia energética.

En grandes rehabilitaciones o reformas importantes: ¡si tocas lo gordo!

Si te has liado la manta a la cabeza y vas a hacer una reforma integral en un edificio existente, y esa reforma afecta de manera significativa a su fachada, cubierta o ventanas, o a sus instalaciones térmicas, también podrías necesitar obtener o actualizar el certificado de eficiencia energética.

La normativa habla de “rehabilitaciones importantes”. ¿Y qué se considera importante? Pues, por ejemplo, si renuevas más del 25% de la superficie total de la envolvente del edificio. Si tu reforma es de este calibre, es muy, muy probable que te toque pasar por el trámite del certificado. Estas mejoras, además, pueden ser una oportunidad para acceder a deducciones en el IRPF por eficiencia energética.

Edificios públicos o privados con gran afluencia de público: ¡a la vista de todos!

Los edificios que son propiedad de una autoridad pública y que tienen una superficie útil total superior a 250 metros cuadrados, siempre que sean frecuentados habitualmente por el público, deben tener su certificado de eficiencia energética y, además, exhibirlo en un lugar visible. ¡Transparencia total!

Esta obligación también se extiende a ciertos edificios de titularidad privada, como pueden ser colegios, hospitales, centros comerciales, cines, teatros, etc., siempre que superen los 500 metros cuadrados y tengan un uso que implique una gran afluencia de gente. Así que, la próxima vez que vayas a uno de estos sitios, ¡echa un vistazo a ver si ves la etiqueta!

¿Hay excepciones a la regla? ¡Algunas hay, pero no te confíes!

Sí, como en casi todas las normativas, existen algunas excepciones. No necesitarás el certificado energético para los siguientes casos, pero léelos con atención porque son muy específicos:

  • Edificios y monumentos que estén protegidos oficialmente por su valor arquitectónico o histórico, siempre y cuando el cumplimiento de esta exigencia pudiera alterar de manera inaceptable su carácter o su aspecto.
  • Edificios que se utilicen como lugares de culto y para la realización de actividades religiosas.
  • Construcciones que sean provisionales y tengan un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
  • Edificios industriales, de la defensa y agrícolas, o partes de los mismos, siempre que sea en la zona destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas que no sean residenciales.
  • Edificios o partes de edificios que estén aislados y tengan una superficie útil total inferior a 50 metros cuadrados. ¡Pero ojo! Esto se refiere a edificios completos que estén aislados, no a un piso de menos de 50 metros cuadrados que forme parte de un bloque de viviendas.
  • Edificios que se compren con la intención de demolerlos o para someterlos a reformas muy importantes que impliquen un cambio radical en su estructura o uso.
  • Edificios o partes de edificios de viviendas cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año con un consumo previsto de energía inferior al 25% del que resultaría de su utilización durante todo el año. Esto último debe constar mediante una declaración responsable del propietario.
En pocas palabras

Como puedes comprobar, las excepciones son bastante concretas y no muy comunes para la mayoría de la gente. Ante la más mínima duda, mi recomendación es que asumas que sí lo necesitas o que consultes directamente con un técnico certificador. Ya sabes lo que dicen: ¡más vale prevenir que curar (o que te llegue una multa)!

Vale, me toca sacarlo. ¿Cómo consigo el certificado de eficiencia energética sin morir en el intento?

¡Que no cunda el pánico, de verdad! Aunque suene a trámite engorroso, conseguir el certificado energético es un proceso bastante más directo de lo que parece. Te voy a desglosar los pasos para que veas que no tiene tanto misterio:

Como te adelanté antes, esto no es tarea para cualquiera. Necesitas un profesional con la titulación adecuada: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico. Son los únicos que pueden firmar este documento con validez legal.

Mi consejo es que pidas varios presupuestos. No te quedes con el primero que encuentres. Puedes buscar en los colegios profesionales de tu zona, en directorios online especializados, o incluso pedir recomendaciones a amigos o familiares que ya hayan pasado por esto.

Al comparar, fíjate no solo en el precio final, sino también en qué servicios exactos incluye: ¿la visita al inmueble está clara?, ¿la toma de datos?, ¿la elaboración del informe?, ¿y el importantísimo registro en tu comunidad autónoma?

Paso 2: la visita del técnico a tu inmueble (¡este paso no te lo puedes saltar!)

Este es un momento fundamental e imprescindible del proceso. El técnico certificador tiene la obligación de visitar personalmente tu casa o local.

Durante esta visita, tomará medidas de todas las estancias, analizará los materiales de construcción de las fachadas, las cubiertas, el tipo de ventanas y su acristalamiento, revisará las instalaciones de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, y recopilará toda la información necesaria para hacer los cálculos.

¡Mucho cuidado con las ofertas milagrosas que te prometen un certificado sin que nadie pise tu casa! Eso no es legal, el certificado no sería válido y podrías meterte en un buen lío. La visita es obligatoria, ¡que no te engañen!

Para facilitarle el trabajo al técnico y que el certificado sea lo más preciso posible, intenta tener a mano cualquier documentación que pueda serle útil: facturas recientes de luz y gas, los planos de la vivienda si los conservas, cualquier papel de reformas anteriores que afectaran al aislamiento o a las instalaciones, o los manuales de tu caldera o sistema de aire acondicionado. ¡Toda ayuda es poca!

Paso 3: elaboración del informe y cálculo de la calificación energética

Tras la visita, el técnico se pone manos a la obra a analizar todos los datos y calcular el consumo y emisiones de CO2 de tu inmueble, asignándole así la conocida calificación de la A a la G.

Pero el informe va más allá, ya que también te dará recomendaciones prácticas para mejorar la eficiencia, como optimizar el aislamiento o actualizar la climatización; ideas geniales para reducir facturas y, quizás, subir de letra en el futuro.

Paso 4: registro del certificado en el organismo de tu comunidad autónoma

Cuando el técnico ya tiene el certificado de eficiencia energética listo y firmado, el siguiente paso es registrarlo en el organismo competente de tu comunidad autónoma. Este es un trámite crucial, porque sin el registro, el certificado no tiene validez oficial.

Cada comunidad autónoma tiene su propio procedimiento para este registro y, en algunos casos, puede haber unas pequeñas tasas administrativas asociadas. Es importante que te informes bien de cómo funciona en tu región.

Muchos técnicos certificadores incluyen este trámite de registro como parte de sus honorarios, lo cual es muy cómodo porque te quitan ese peso de encima. Otros pueden cobrártelo como un extra o darte las instrucciones detalladas para que lo hagas tú mismo. Mi recomendación es que aclares este punto desde el principio, cuando pidas presupuesto, para evitar sorpresas de última hora.

Una vez que el certificado está registrado, obtendrás la etiqueta energética oficial. Esta es la que tienes que mostrar en la publicidad de venta o alquiler y la que debes entregar al comprador o inquilino.

¿Y cuánto me va a costar? El precio del certificado energético

Llegamos a la pregunta del millón: ¿cuánto me va a costar este trámite? Pues bien, el precio del certificado de eficiencia energética no está fijado por ley, así que puede variar bastante. Los honorarios son libres y dependen de varios factores, como por ejemplo:

  • El tipo de inmueble: lógicamente, no es lo mismo certificar un pequeño apartamento que un chalet unifamiliar con jardín y piscina, o un local comercial de grandes dimensiones.
  • La superficie útil del inmueble: a más metros cuadrados, generalmente implica más tiempo de trabajo para el técnico en la visita y en la elaboración del informe, por lo que el precio puede aumentar.
  • La ubicación geográfica: los precios pueden fluctuar entre diferentes ciudades o incluso entre distintas zonas dentro de la misma ciudad, dependiendo de la oferta y la demanda de técnicos.
  • La complejidad del inmueble: una casa con una arquitectura muy particular, muchas plantas, o instalaciones térmicas muy complejas puede requerir más dedicación por parte del técnico.
  • Los honorarios propios de cada técnico o empresa certificadora: cada profesional establece sus tarifas en función de su experiencia, costes y servicios.
  • Si el servicio incluye el registro del certificado en la comunidad autónoma o no: como te comentaba antes, este es un factor que puede influir en el precio final.
En pocas palabras

Para que te hagas una idea general, y tomando como referencia un piso estándar de unos 70 a 100 metros cuadrados, los precios suelen moverse en un rango que puede empezar a partir de unos 60 u 80 euros, más el IVA correspondiente. Este precio podría llegar a los 150 euros o incluso superarlos en algunos casos, especialmente si incluye el trámite de registro y te encuentras en una zona donde los precios de estos servicios son más elevados. Para viviendas unifamiliares o locales comerciales, el coste suele ser superior debido a su mayor tamaño y complejidad.

Mi mejor consejo es que pidas al menos tres presupuestos detallados y por escrito. Y, sobre todo, no te dejes llevar únicamente por el precio más bajo. Asegúrate de que el técnico está cualificado, que va a realizar la visita obligatoria a tu inmueble y que te ofrece un servicio completo y profesional. A veces, lo barato sale caro, ¡y en esto no conviene escatimar!

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¿Qué validez tiene el certificado y qué pasa si me pillan sin él? ¡Ojito con esto!

Una vez que tienes tu certificado de eficiencia energética debidamente registrado, este tiene una validez máxima de 10 años. Esto significa que, durante una década, puedes estar tranquilo si necesitas vender o alquilar tu propiedad varias veces.

Eso sí, si durante esos 10 años realizas una reforma importante en tu vivienda que pueda afectar significativamente a su calificación energética (como las que te mencioné antes), tendrás que renovar el certificado para que refleje la nueva situación, aunque no hayan pasado los 10 años.

¿Y qué ocurre si me la juego y no lo tengo cuando es obligatorio, o si presento uno que no es válido? Pues, amigo mío, te pueden sancionar. Las multas por no tener el certificado energético, por no registrarlo, por falsear la información o por no incluirlo en la publicidad pueden ir desde los 300 euros en los casos más leves hasta los 6.000 euros en las infracciones más graves. ¡No es ninguna broma y puede salirte muy caro el despiste!

Además del palo económico, no disponer del certificado cuando es un requisito legal puede acarrearte otros problemas, como retrasos en una operación de venta o alquiler, o incluso que esta no llegue a formalizarse. Así que, ¡mejor tenerlo todo en regla!

Preguntas frecuentes sobre el certificado de eficiencia energética (¡las dudas más comunes resueltas!)

Si ya tengo un certificado de eficiencia energética pero he hecho reformas, ¿necesito uno nuevo?

Depende mucho del tipo de reforma que hayas hecho. Si has realizado una obra importante que pueda cambiar la calificación energética de tu vivienda, como por ejemplo, si has cambiado todas las ventanas por unas mucho más eficientes, has aislado la fachada por completo o has instalado un sistema de climatización súper eficiente como la aerotermia, entonces sí, es muy recomendable e incluso podría ser obligatorio actualizar el certificado. Así reflejará la nueva y mejorada realidad de tu inmueble. En cambio, si la reforma ha sido más bien estética o menor, como pintar las paredes o cambiar el suelo, normalmente no será necesario.

¿Es posible obtener el certificado de eficiencia energética totalmente online sin que un técnico visite mi casa?

¡Rotundamente no! La normativa actual exige de forma muy clara que un técnico cualificado visite personalmente el inmueble para tomar datos precisos y realizar una evaluación correcta. Cualquier oferta que te prometa un certificado energético 100% online sin que nadie pise tu casa es, como mínimo, muy sospechosa y, con toda probabilidad, ilegal. Un certificado obtenido de esa manera no tendría ninguna validez legal y podrías enfrentarte a sanciones importantes. ¡No te la juegues!

¿Qué tipo de información o documentos debería tener preparados para facilitar el trabajo al técnico certificador?

Cuanta más información puedas proporcionarle al técnico, más preciso y ajustado a la realidad será el certificado energético de tu inmueble. Es muy útil tener a mano algunos documentos como: la referencia catastral del inmueble (la puedes encontrar en el recibo del IBI), los planos de la vivienda si dispones de ellos, alguna factura reciente de luz y gas, la documentación técnica de tus instalaciones de calefacción, refrigeración y agua caliente (marca, modelo, año de instalación, potencia), y cualquier información sobre reformas anteriores que hayan afectado al aislamiento térmico o a las ventanas. ¡Todo suma!

Si mi certificado energético resulta con una mala calificación, por ejemplo una F o una G, ¿me impide vender o alquilar mi propiedad?

No, tranquilo. Tener una calificación energética no tan buena, como puede ser una F o una G, no te impide legalmente vender o alquilar tu propiedad. La obligación legal es la de tener el certificado, registrarlo y mostrar e informar de la calificación obtenida. Lo que sí es cierto es que una mala calificación puede hacer que tu inmueble sea menos atractivo para posibles compradores o inquilinos, ya que pueden anticipar unos gastos energéticos más elevados. Precisamente por eso, el certificado incluye recomendaciones de mejora que te pueden dar pistas sobre cómo mejorar esa calificación en el futuro.

¿Quién es la persona responsable de pagar los costes del certificado de eficiencia energética?

La responsabilidad de obtener y, por lo tanto, de pagar el certificado de eficiencia energética recae siempre sobre el propietario del inmueble que se va a poner en venta o en alquiler. En el caso de los edificios de obra nueva, esta responsabilidad corresponde al promotor del edificio.